La CNI rechaza incremento salarial, califica la medida como arbitraria y anuncia un amparo 

El aumento debe ser negociado entre empleador y trabajador.

(La Paz, 9 de abril de 2008).- Luego que el Gobierno determinó como plazo el 30 de mayo para que las empresas privadas presenten al Ministerio de Trabajo los convenios salariales sobre la base del 10%, tal como establece el  Decreto Supremo 29473,  el presidente de la Cámara Nacional de Industrias (CNI), Daniel Sánchez, calificó ayer  esta medida como arbitraria y anunció que se presentará un amparo ante el Tribunal Constitucional.

Definitivamente es una arbitrariedad el hecho de usar instrumentos  como los decretos para obligar al sector privado a incrementar los salarios, porque en muchos casos están desproporcionados y  como consecuencia se generará desempleo en el país, puesto que para cubrir esa obligatoriedad, se tendrá que realizar una reestructuración al interior de  las empresas  y eso significa dejar sin empleo a algunos trabajadores”, enfatizó.

El ejecutivo de la CNI adelantó también que,  se recurrirá a instancias legales como el Tribunal Constitucional a través de un amparo. “Pese a que hoy no existen magistrados en el Tribunal Constitucional, se presentarán los recursos legales  para sentar precedente sobre esta medida”, añadió. 

En ese contexto, se refirió a que el D.S. 29473 y su reglamentación emitida el lunes 7 de abril a través de la Resolución 179 del Ministerio de Trabajo, vulneran la Ley 1182 cuya normativa se encuentra aún en vigencia, y en su artículo 13 establece que “las remuneraciones a empleados y trabajadores serán establecidas entre las partes”.

Sánchez, manifestó además que  no se debe olvidar que los empleadores y trabajadores del sector privado en el país, negocian año tras año sus incrementos salariales en el marco de  convenios,  pues cada empresa y cada industria tiene su propia particularidad, razón por la cual resulta irracional imponer porcentajes en este tema.

El año pasado, el sector privado recurrió ante el Tribunal Constitucional, con observaciones a un decreto anterior que disponía el incremento  obligatorio del 5 por ciento para los trabajadores del sector privado. Sin embargo, hasta la fecha no se emitió un fallo al respecto porque el Tribunal Constitucional quedó imposibilitado de atender el recurso por las acefalías existentes.

 

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