(La Paz, 9 de abril de 2008).- Luego que el Gobierno determinó como
plazo el 30 de mayo para que
las empresas privadas presenten al Ministerio de Trabajo los convenios
salariales sobre la base del 10%, tal como establece el Decreto Supremo 29473, el presidente de la Cámara Nacional de
Industrias (CNI), Daniel Sánchez, calificó ayer
esta medida como arbitraria y anunció que se presentará un amparo ante
el Tribunal Constitucional.
“Definitivamente es una
arbitrariedad el hecho de usar instrumentos
como los decretos para obligar al sector privado a incrementar los
salarios, porque en muchos casos están desproporcionados y como consecuencia se generará desempleo en el
país, puesto que para cubrir esa obligatoriedad, se tendrá que realizar una
reestructuración al interior de las
empresas y eso significa dejar sin
empleo a algunos trabajadores”, enfatizó.
El ejecutivo de la CNI adelantó también que, se recurrirá a instancias legales como el
Tribunal Constitucional a través de un amparo. “Pese a que hoy no existen
magistrados en el Tribunal Constitucional, se presentarán los recursos
legales para sentar precedente sobre
esta medida”, añadió.
En ese contexto, se
refirió a que el D.S. 29473 y su
reglamentación emitida el lunes 7 de abril a través de la Resolución 179 del
Ministerio de Trabajo, vulneran la Ley 1182 cuya normativa se encuentra aún en vigencia, y
en su artículo 13 establece que “las remuneraciones a empleados y trabajadores
serán establecidas entre las partes”.
Sánchez, manifestó además que no se debe olvidar que los empleadores
y trabajadores del sector privado en el país, negocian año tras año sus
incrementos salariales en el marco de
convenios, pues cada empresa y
cada industria tiene su propia particularidad, razón por la cual resulta irracional
imponer porcentajes en este tema.
El año pasado, el sector
privado recurrió ante el Tribunal Constitucional, con observaciones a un
decreto anterior que disponía el incremento
obligatorio del 5 por ciento para los trabajadores del sector privado.
Sin embargo, hasta la fecha no se emitió un fallo al respecto porque el
Tribunal Constitucional quedó imposibilitado de atender el recurso por las
acefalías existentes.
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